MATRIMONIO POR PODERES

En estos momentos en los que la movilidad geográfica a nivel mundial se ha visto paralizada a consecuencia de la pandemia, desde nuestro despacho profesional hemos podido ayudar a parejas, como David y Mª Carmen, que deseaban contraer matrimonio pero que no podían reunirse físicamente por las limitaciones existentes.

En supuestos en los que alguno de los miembros de la pareja no se encuentra en España, según nuestra legislación, es posible celebrar el matrimonio a través del procedimiento conocido como Matrimonio por Poderes.

La ley permite el matrimonio por poderes cuando uno de los dos contrayentes no puede estar presente en el lugar, fecha y hora de la boda. En ese caso, la persona que no puede estar presente el día del enlace, deberá otorgar un poder a alguien de su confianza para que se case en su nombre. Si tu pareja es un ciudadano extranjero y reside en otro país, el matrimonio por poderes te permite realizar el trámite a distancia.

Podremos utilizar este instrumento jurídico  para poder contraer matrimonio entre español y extranjero al que por diferentes motivos no le ha podido ser concedido un visado para poder estar en España. Podrán casarse gracias a un poder notarial que sustituye la presencia física del que está ausente en su país o por otra circunstancia no ha podido comparecer.

Si bien el matrimonio por poderes es un trámite lento, cada vez es más común su realización, para lo que nosotros aconsejamos contratar los servicios de un abogado para que no tengas ningún problema a la hora de gestionar el Expediente Matrimonial.

Las autoridades competentes se encargan de examinar que no se trate de matrimonios de conveniencia con el fin de obtener la documentación necesaria para residir legalmente en España o en la Unión Europea; se aseguran muy bien para evitar irregularidades y nulidades matrimoniales.

Lo importante es que las personas que deciden casarse, se casen de verdad, asumiendo ese compromiso matrimonial con plena conciencia, libertad y con un auténtico consentimiento matrimonial.

Si por diversos motivos no podéis estar juntos para vuestro «sí, quiero», ¡no os preocupéis! Nuestro sistema legal prevé la posibilidad de otorgar poderes para la boda. No es la opción más romántica, pero lo importante es que estaréis casados legalmente.

Quizá tengáis que esperar para reuniros y veros, así como para daros el esperado beso tras el «sí, quiero», pero eso no es nada comparado con el romanticismo de saberos unidos en matrimonio a pesar de estar lejos.

Fdo. Virginia de Domingo (Villoria Abogados)

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